Política
La Comisión Interamericana de DDHH revisa el caso

EL STJ dictó un fallo favorable a "Tato" Romero Feris y podría recuperar su libertad

El referente del Partido Nuevo, Raúl Rolando "Tato" Romero Feris, se encuentra privado de la libertad en su domicilio desde mayo de 2016. (imagen ilustrativa).

La Corte Provincial concedió los recursos extraordinarios federales presentados por la defensa de Raúl Rolando Romero Feris contra las sentencias Nº 175 y 178. La Corte Suprema deberá estudiar ahora la situación de la libertad del ex intendente y ex gobernador.

Las sentencias 175 y 178 del STJ versan sobre el rechazo que el STJ hiciera a la apelación de la ejecución de la condena interpuesta por los abogados defensores del ex gobernador. Estos entienden que por estar sus causas sujetas a revisión en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos no es aplicable la prisión que sufre ahora. Será en esta instancia la Corte Suprema de Justicia quien dictaminará sobre la prisión de Tato.

Las Ministras subrogantes doctoras María Herminia Puig, Nidia Billinghurst y Martha Altabe entendieron que en la causa “RECURSO DE CASACION ROMERO FERIS RAUL ROLANDO”. Expte. N° IE1 1901/2 y su Acumulado Expte. N° IE1 1901/3 correspondía conceder los recursos extraordinarios federales.

Para las magistradas, la pretensión de la defensa cumplía con todos y cada uno de los requisitos de admisibilidad formal que exige la Acordada de la C.S.J.N. N° 04/2007, que reglamenta la competencia que en grado de apelación se acuerda a la Corte Federal.

Entendieron que la ponderación e idoneidad de los cuestionamientos planteados por Raúl Rolando Romero Feris continuaban perteneciendo a la órbita federal, otorgando prioridad al “criterio amplio con que deben ser tratadas las peticiones atinentes a la efectiva tutela del debido proceso, derecho humano fundamental, cuya plena vigencia debe garantizarse en el Estado de Derecho, para permitir al máximo Tribunal de la Nación el tratamiento de los agravios que versan específicamente sobre su lesión”.

En minoría, los Ministros doctores Guillermo Horacio Semhan y Luis Eduardo Rey Vazquez, coincidieron en que se debían rechazar los recursos por no cumplir los requisitos formales, la reiteración de agravios que tuvieron respuesta en casación y en meros juicios discrepantes con el criterio adoptado.

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