Judiciales y Policiales
Sentencia del Superior Tribunal de Justicia

Confirmaron la condena a prisión a un cura acusado de abuso sexual

Carlos Pacheco fue penado con 13 años de prisión por haber sido considerado responsable de abusos.

La Corte Provincial rechazó el recurso de casación de Domingo Pacheco, quien ejercía como sacerdote, y confirmó la condena de 13 años de prisión impuesta por el TOP de Goya, que lo halló culpable del delito de abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado.

Los Ministros del Superior Tribunal de Justicia rechazaron en la sentencia Nº 48/18 el recurso de casación presentado por la defensa técnica de Domingo Jesús Pacheco, confirmando de ese modo la pena de 13 años de prisión que el Tribunal Oral Penal de Goya impuso al ex sacerdote.

El abogado de Pacheco había cuestionado que se le negara la prórroga de la audiencia de debate y que se practicara una inspección judicial (lo cual fue negado por ser dilatorio y atentatorio de los principios de celeridad y economía procesal ya que existía una inspección realizada con anterioridad). Sostuvo que era violatorio del principio de inmediación procesal, igualdad de armas y demás garantías judiciales.

Consideró la existencia de irregularidades dentro y fuera de la etapa plenaria; sostuvo que hubo un trato descalificador de algunos testigos hacia su representado; manifestó animosidad contra su defendido, con relatos sumamente descalificadores.

Indicó la inexistencia de probanzas respecto del último hecho que según el denunciante ocurrió en junio/julio de 2008; y de contradicciones en cuanto a las fechas de los supuestos hechos, y que se descartaran pruebas sin razón alguna. Finalmente expresó que los informes médicos de profesionales del área de psicología o psiquiatría realizaran un análisis de manera improvisada, donde más que calificación, se advertía una imputación.

Por su parte, los integrantes del STJ manifestaron que tenían por acreditados los hechos en sus circunstancias de modo, tiempo y lugar por el imputado, cuando la víctima –quien entonces era menor de edad- concurría en forma asidua a su Parroquia. Los elementos probatorios analizados daban cuenta de que Pacheco actuó con conocimiento de sus actos y conciencia de su calidad de sujeto activo como miembro de la Iglesia siendo cura párroco y guardador respecto de la víctima mientras desarrollaba las tareas que le encomendaba dentro del ámbito físico de su control, aprovechando dicha situación.

Por todo ello, votaron por el rechazo del recurso de casación.

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