Corrientes estrena nuevo Código Procesal Laboral con sistema oral y electrónico
El Superior Tribunal de Justicia provincial dispuso la puesta en marcha del nuevo Código Procesal Laboral mediante el Acuerdo Extraordinario 10/25, introduciendo cambios sustanciales en la Justicia laboral correntina que abandona el sistema escrito para adoptar la oralidad como eje central.
La norma, sancionada el 5 de diciembre y en vigencia desde el 9 del mismo mes, establece un proceso laboral basado en la oralidad, inmediación, celeridad y gratuidad, reemplazando el modelo mixto de la anterior Ley 3540 que regía desde hace décadas.
⚖️#JusCorrientes:📣El #STJ reglamentó la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Laboral
— 𝗣𝗼𝗱𝗲𝗿 𝗝𝘂𝗱𝗶𝗰𝗶𝗮𝗹 𝗖𝗼𝗿𝗿𝗶𝗲𝗻𝘁𝗲𝘀 (@juscorrientes) December 12, 2025
• El Acuerdo Extraordinario Nº 10/25 reglamenta la implementación y aplicación del nuevo Código aprobado por la Ley N.º 6742.
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Entre las disposiciones más relevantes, el STJ suspendió temporalmente el requisito de presentar el certificado de conciliación laboral previa para admitir demandas.
Esta medida busca garantizar la tutela judicial efectiva mientras la Oficina de Conciliación Laboral certifica su plena operatividad.
Respecto a la aplicación temporal, todos los procesos iniciados desde el 5 de diciembre se regirán íntegramente por la nueva ley, mientras que los juicios en trámite deberán adecuar sus actos procesales posteriores a la normativa vigente, manteniendo la validez de lo ya actuado.
El nuevo código introduce cambios operativos significativos: migra del sistema de notificación automática en papel al régimen de gestión electrónica con domicilio electrónico único, establece el plazo de caducidad de instancia en seis meses, y concentra el ofrecimiento de pruebas exclusivamente en la demanda y contestación, eliminando la posibilidad de pruebas complementarias en audiencias posteriores.
El plazo de contestación de demanda se mantiene en diez días, pero ahora integrado en un sistema de audiencias que prioriza el contacto directo entre el juez y las partes, buscando mayor celeridad en la resolución de conflictos laborales.








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